sábado, 30 de julio de 2016


La filosofía del derecho, en el sentido amplio y estricto.

Concepto general.

Es la disciplina que define al derecho en su universalidad lógica, investiga los fundamentos y los caracteres generales de su desarrollo histórico y lo valora según el ideal de la justicia trazado por la razón

Lato sensu: La filosofía del derecho en un sentido amplio trata de aglutinar el estudio filosófico no ya sólo de la norma jurídica positiva, sino de todas las corrientes de pensamiento que sirven de fundamento al propio derecho, entendido éste como el orden normativo e institucional de la sociedad.

Stricto sensu: Estudia el derecho en su realidad, lo que se llama el ser del derecho. En este sentido no queremos decir que la realidad, lo que hay, sea el ser, sino al revés, el ser es la realidad y el ser del derecho es el ser de la realidad jurídica.

Objeto de la filosofía del derecho.
Investiga las causas últimas de las razones más elevadas de los primeros principios del derecho.

DEFINICION DE FILOSOFIA DEL DERECHO.

El Dr. Rolando Tamayo y Salmarán define a la filosofía del Derecho de la siguiente forma:
“La disciplina del segundo orden cuyo objeto de estudio lo constituye el análisis de los conceptos, métodos y estructura de la ciencia jurídica”
Otra definición proporcionada por el Instituto Hans Kelsen de Viena, define a la Filosofía del Derecho como
“la rama de la filosofía practica constituida por un saber de segundo orden que tiene como objeto el análisis desde un punto de vista histórico, formal, material, axiológico y teleológico, de las definiciones, métodos y estructura de las diversas teorías jurídicas para establecer cual o cuales de las mismas forma parte de la ciencia jurídica y por qué”
Luis Legaz y lacambra dice:
La Filosofía del Derecho responde a la insuficiencia de la ciencia jurídica para dar una solución a las preguntas que se plantea el espíritu del hombre —en tanto que hombre y en tanto que jurista— y que exigen una respuesta.
La Filosofía del Derecho debe ser una verdadera filosofía: una respuesta a las preguntas que la conciencia filosófica se plantea ante el Derecho.

RAMAS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO.

La filosofía jurídica se compone de ramas que estudian los problemas jurídicos como  serian:

a)      La lógica jurídica: disciplina de carácter formal encargada de verificar que los principios de la lógica se apliquen a las normas jurídicas en aras de su unidad, coherencia, completabilidad así como a los enunciados que las describen, así como corroborar que los operadores deónticos, que contienen las normas jurídicas, puedan recibir el trató de los aperadores propios de los enunciados científicos.

b)      Metodología jurídica: es la rama de la filosofía teorética que fundamentada por la lógica lato sensu, y la lógica jurídica, se encarga del estudio de los procedimientos de investigación que sirven de base a los científicos de derecho para formular enunciados que describan un determinado sistema jurídico positivo a efectos de construir teorías jurídicas que formen parte de la ciencia jurídica.

c)       Teoría del conocimiento jurídico: es la rama de la filosofía del derecho  encargada de aplicar las bases de la Gnoseologia en general, para hacer un estudio crítico de las teorías del derecho.

d)      Ciencia jurídica o teoría del conocimiento jurídico en estricto sensu: es la rama de la Gnoseologia jurídica y por ende de la filosofía jurídica teorética a cuyos enunciados determinan, describen e interpretan el derecho positivo nacional o internacional de una comunidad sin cuestionar su validez.

e)      Epistemología jurídica: Es la rama de la Gnoseologia jurídica encargada del estudio crítico del conocimiento científico-jurídico empleado por los teóricos del derecho, esto es, analizar la cientificidad de los enunciados que describen e interpretan a los sistemas jurídicos positivos.

Diana Laura Cuevas Robles

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