Sistemática Jurídica y Ciencia Jurídica
"Todo fluye, todo cambia"
Heráclito
La palabra "ciencia" proviene del verbo latino Scire que significa saber, por lo que podemos entender que la ciencia es el saber por excelencia.
La ciencia es una creación del hombre, a través de la cual ha dominado y modificado su medio para lograr su subsistencia. Es el conjunto de conocimientos originados en la práctica social, humana, validados y comprobados en la misma sociedad.
A la Ciencia concebida desde el enfoque filosófico le corresponde estudiar los fenómenos para encontrar la verdadera causa de las cosas, estudiar objetivamente la realidad, escudriñando hasta las bases de los fenómenos, objetos y aconteceres.
La ciencia requiere de elementos de validez para que pueda ser considerada como tal, a partir de este concepto, podemos decir que la filosofía y la ciencia caminan por caminos separados.
El surgimiento del positivismo en el siglo XIX marcó el inicio de la era del dogmatismo científico, las ciencias naturales fueron las primeras en surgir como signo de lo progresivo, de lo palpable y evidente, posteriormente lo harían las ciencias sociales, con su característica de ser siempre cambiantes, de estar evolucionando en todo momento.
La Ciencia del Derecho es un tema ampliamente discutido por los especialistas de la materia, para kelsen en su teoría la ciencia del Derecho ha de basarse únicamente en la normatividad, desvinculando al derecho de lo social, la escuela alemana estudiaba y analizaba sistemáticamente los conceptos descubiertos sobre derecho, teorías que se contraponen a las de Alf Ross y Bobbio quienes ponderaron la inclusión de los aspectos sociales del Derecho como su parte más fundamental.
La técnica en sentido genérico se refiere al conjunto de procedimientos y recursos de que se sirve una ciencia, arte u oficio. Para la aplicación de las ciencias, la técnica tiene la finalidad de traducir el conocimiento científico en utilidad para la sociedad.
Cuando hablamos de Ciencia del Derecho, podemos decir que la ciencia del Derecho en su concepción actual tiene dos aspectos o dos partes fundamentales: La Sistemática y la técnica jurídica.
La sistemática jurídica tiene como objeto la exposición ordenada y coherente de un derecho positivo determinado y el estudio de los problemas relativos a su interpretación y aplicación.
La técnica jurídica tiene como objeto estudiar los problemas que se suscitan con motivo de la aplicación del derecho, a saber:
- interpretación,
- integración
- vigencia
- retroactividad
- conflicto de leyes
Podemos decir en sentido amplio que la técnica jurídica abarca el estudio de medidas que son indispensables para la aplicación de las normas así como de la solución de los problemas derivados de dicha aplicación.
En sentido estricto, la técnica jurídica se refiere a la aplicación del Derecho hecha por el juez en virtud de la competencia de la que se haya investido el poder judicial.
Confirmo revisión de tarea. Saludos
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